Grupo Minero Carola Coemin está acogido al sistema de Facturación Electrónica permitido y regido por el Servicio de Impuestos Internos (S.I.I.)
El proceso de “Facturación Electrónica” por parte del proveedor, consiste en que el Documento Tributario debe ser confeccionado en formato Electrónico y en lenguaje “XML”, posteriormente este archivo debe ser enviado por correo electrónico a la casilla de intercambio del receptor con la que está inscrita en el S.I.I. para que sea recibido correctamente. Cabe mencionar que este Procedimiento no es aplicable para las Boletas de Honorarios electrónicas.
El DTE (Documento Tributario Electrónico) reemplaza a la factura en papel, y en su contenido debe incluir como mínimo y correctamente digitado los siguientes campos exigidos por el S.I.I. los cuales son:
Línea por Ítem (Ítem, Descripción, Cantidad, Precio, Monto).
La empresa ha dispuesto los siguientes campos para dar fluidez al pago de los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE):
REFERENCIA CAMPO 801: Consiste en registrar en el Campo 801 del DTE el Documento de Compra (Número de Orden de Compra), dato de 5 caracteres que debe ser entregado por el Administrador de Contrato o Solicitante del Suministro/Servicio y ser exigido por el Proveedor previo a la ejecución de la Prestación.
<Referencia>
<NroLinRef>1</NroLinRef>
<TpoDocRef>801</TpoDocRef>
<FolioRef>XXXXXX</FolioRef>
<FchRef>aaaa-mm-dd</FchRef>
REFERENCIA CAMPO 802: Consiste en registrar en el Campo 802 del DTE el N° de Contrato, dato
con formato XX-XX/XXXX que corresponde a la fecha del contrato (ejemplo: 01-07/2021) el cual
debe ser solicitado al Administrador de contrato o Solicitante de la compra una vez recepcionado
conforme la entrega de Mercancía o Servicios.
Ante cualquier duda sobre los DTE recibidos y las O/C puede escribir a proveedores@mineracarola.cl o proveedores@coeminsa.cl (según corresponda).